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Quienes trabajamos diariamente en educación online sabemos lo importantes que son los datos. Todas las plataformas y herramientas educativas los recogen y todos los estudiantes y docentes que las usan dejan datos sobre su actividad a los cuales los administradores pueden acceder.

¿A qué datos nos referimos? Están los datos personales aportados conscientemente por los usuarios, como su nombre, correo electrónico y foto de perfil, algunos de los cuales son necesarios para utilizar las plataformas educativas. Otros datos los aportan los usuarios también de forma consciente durante las actividades de aprendizaje: mensajes en foros, contenidos de las tareas, entradas en blogs y wikis, respuestas a preguntas y tests, etc. Finalmente, hay datos que producen al usar las herramientas, pero sin percibir claramente que están dejando una huella con cada click: hora y fecha de acceso, duración de la sesión, historial de navegación de los recursos educativos, etc. El conjunto de todos estos datos -los que los usuarios proveen consciente e inconscientemente- genera un completo perfil individual del estudiante que puede ser analizado por docentes y administradores.

¿Cómo usamos la información de esos perfiles en educación? La usamos tratando de mejorar la experiencia educativa y la atención a nuestros estudiantes. Pero tampoco sobrevaloramos la utilidad de los datos: sabemos que el proceso de aprendizaje no pasa principalmente por ahí y que más allá de su perfil «estadístico», cada alumno es un mundo, con todas sus complejidades como persona.

Más allá de sus beneficios, debemos entender los límites en el uso de los datos educativos: ¿hasta qué punto deberíamos «rastrear» la actividad de nuestros alumnos, qué datos deben guardarse y por cuánto tiempo? ¿Cómo informamos a los estudiantes (o a sus padres, en caso de ser menores), de las políticas de privacidad y condiciones de uso de las herramientas que usan? ¿Hasta qué punto es ético usar esos datos para disciplinar y moldear la forma en que los alumnos aprenden? (por ejemplo, determinando su acceso a ciertos contenidos de acuerdo a su perfil o rendimiento previo, entre otras muchas maneras de «automatizar» premios y castigos).

Una primera respuesta es bastante evidente: solamente debemos recoger aquellos datos que hacen a la actividad educativa del estudiante dentro de la plataforma. Estos datos quedan resguardados bajo nuestra responsabilidad, no los debemos compartir con terceros ni desviar su uso a otros fines (esto es claro según la mayoría de las leyes de protección de datos personales). Además, no debemos guardar sus datos para siempre; solo mientras son pertinentes para la prestación educativa. Y, lo que me parece fundamental, debemos supeditar las decisiones que se tomen a partir de estos datos al respeto por la autonomía y los derechos de los alumnos y sus procesos de aprendizaje únicos y personales.

En el caso de que avanzara el acuerdo para el uso de Google Apps for Education en el Plan Ceibal, las preguntas se multiplican y se hacen más exigentes. Primero, no estamos hablando de una herramienta específica para educación. El correo electrónico, por ejemplo, es un medio para la comunicación privada entre personas. Es una herramienta no para el aula, sino para la vida. La cantidad de datos, de historias, de relaciones, de las que da cuenta una casilla de correos personal, es enorme. Los datos que custodia Google -bajo jurisdicción extranjera- son datos mucho más amplios que los que se recolectan en una plataforma educativa. Estos datos serán manejados por un tercero ajeno a la educación pública. Ese tercero es una corporación multinacional que basa su modelo de negocios en la explotación de datos, no en la educación.

Pero a veces, cuando se habla de quién debe velar por la privacidad de las comunicaciones online de los alumnos, incluso cuando utilizan herramientas que se promueven desde una institución educativa, la responsabilidad se pone, en última instancia, del lado de los propios alumnos, dado que son los «dueños de los datos», como argumenta Cristóbal Cobo en esta entrevista. Los alumnos deciden qué información guardan o borran de «la nube» y por eso, parece que son ellos quienes deben «cuidarse», incluso en aplicaciones de mensajería o correspondencia privada.

La solución pasaría por «educar» a los usuarios desde niños en el manejo de su privacidad para que no se expongan demasiado, ¡en lugar de impedir que las multinacionales exploten su exposición! Incluso, cuando no se dan cuenta de que se están exponiendo (recuerden la diferencia que señalé entre los datos que se proporcionan conscientemente, y los que no).

Además, se considera que la mejor escuela para esto, son las mismas plataformas que están comerciando con la privacidad de los usuarios desde hace años, basando su modelo de negocios y su poderío en el uso intensivo y casi ilimitado de los datos personales. Pero hete aquí que son los usuarios individuales y aislados -en este caso, niñas y niños- quienes «tienen que aprender» a ser discretos hasta en sus comunicaciones privadas. Evidentemente, hay que educar en el cuidado de la privacidad y seguridad en línea. Pero mucho más importante que la responsabilidad individual -que la hay- es la responsabilidad de las corporaciones e instituciones, que son los actores con capacidad de diseñar el ambiente en el que los usuarios individuales  se comunican.

En síntesis: en el acuerdo para implementar Google For Education en el Plan Ceibal se van a ofrecer aplicaciones que van mucho más allá del uso educativo, que no serán provistas por una entidad educativa sino por una empresa dedicada a la explotación de datos personales, y se insinúa que han de ser los propios alumnos los que defiendan su privacidad, al elegir que guardar y qué no guardar en sus cuentas. Debemos ser conscientes, además, de que la ley de protección de datos personales no podrá ser aplicada por estar los datos alojados bajo jurisdicción extranjera.

Por estos y otros motivos es que este acuerdo no debe implementarse en la educación pública uruguaya. El sistema educativo debe ofrecer a sus alumnos opciones para salirse de los jardines vallados controlados por las corporaciones globales de la información. Estas opciones deben estar basadas en software libre, deben contar con una política de privacidad clara y alojar los datos en jurisdicción nacional, donde los estudiantes pueden ejercer su derecho a la protección de datos.