Hablando con amigos artistas que me preguntan sobre la posible reforma de la legislación de derechos de autor en Uruguay, muchas veces me encuentro tratando de explicar por qué esos 20 años más o menos no tienen un impacto directo en la vida de los artistas. Endiéndase bien: en vida. Ya que la extensión propuesta en Uruguay estiraría de 50 a 70 años después de la muerte del autor la protección del monopolio de los derechos de autor.
La discusión sobre prolongar o no el plazo tiene muchas aristas. Pero hoy me gustaría hablar especialmente de la idea de que más años son más derechos y más reconocimiento del autor como tal y de su función social. A través de discusiones y comentarios en las redes, me voy encontrando con que muchos artistas sienten que los derechos de autor son un reconocimiento de que su trabajo es «artístico», de que tener más y más años de «derechos» los hace más artistas ante la mirada social. Aunque sigan vigentes las precarias condiciones de trabajo de los artistas, pareciera que este absurdo estiramiento refuerza ese lugar simbólico desde el cual decir: «soy artista».
Para empezar, los derechos de autor comprenden casi cualquier expresión humana fijada en algún soporte físico o digital, que pasa a estar protegida desde el minuto cero de su plasmación. Esto no dice nada del contenido artístico o creativo ni del mérito de la obra protegida. Y otra cosa importante: el derecho de autor no protege a los autores, sino a sus obras. Impone una restricción artificial que le da al titular de los derechos un monopolio temporal sobre la obra hecha pública. O sea, por un plazo de tiempo generoso (que se prolonga después de la muerte) únicamente el autor, o aquellos a quienes él autorice o a quienes ceda sus derechos, pueden realizar ciertas acciones con la obra: reproducirla, distribuirla, vender copias, exhibirla, traducirla, interpetarla, etc.
Revisen las leyendas junto a «todos los derechos reservados». Eso es lo que se quiere prolongar hoy por 20 años más en Uruguay. No se quiere prolongar un «derecho humano».
Obviamente que ser reconocido como autor de la obra, beneficiarse con el trabajo artístico y tener una vida digna, son aspectos de derechos humanos. El Pacto de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales lo dice explícitamente. Pero a ese mismo pacto se le agrega posteriormente una observación indicando que el derecho a «un nivel de vida adecuado» «no debe por fuerza abarcar toda la vida de un creador».
¿Por qué? Porque acá no están en juego solamente los derechos de los artistas o de los editores. Oh sorpresa, hay un tercero en discordia: el usuario de cultura. O sea, cada uno de nosotros, incluyendo a los artistas, ya que por supuesto estamos de los dos lados del mostrador. La sociedad toda tiene derecho a beneficiarse de la circulación y el intercambio de cultura. Actividades tan centrales como la educación, la preservación y divulgación de la memoria, el derecho a comentar, parodiar o criticar como parte de la libertad de expresión, son asuntos tan sagrados como el derecho moral de un autor a ser reconocido por su creación.
Así que, si querés sentirte artista, lo mejor es seguir creando, aprendiendo, inventando, remixando y compartiendo. Podés usar una licencia Creative Commons para sentirte a la vez protegido en ciertos derechos, sin tener que restrigir el acceso a tus obras. Pero eso tampoco te va a hacer más artista. A menos que te esfuerces en llegar con tu trabajo y talento a una comunidad que te escuche y apoye, a menos que estés dispuesto a seguir en esa búsqueda dura e intensa que se llama arte, difícilmente un registro o una ley te permitan hacerte llamar artista.
Y si, siendo artista o no, querés proteger tu derecho al acceso y disfrute de la cultura, no dudes en informarte y adherir a la iniciativa #noal218 para evitar que la cultura se privatice aún más en el Uruguay.
17/07/2013 at 01:59
Está muy bien esto, no lo había visto desde el lado de los artistas o creadores de cultura (en general) Claramente es otro abuso desde el otro lado del mostrador. Una apropiación injusta de un marco legal simplemente para sacarse chapa de creador y de paso cobrar. Estoy plenamente de acuerdo con lo que decís.
Por otro lado mi énfasis tiene que ver con el mal uso, corporativo, monopólico y en definitiva explotador, que las empresas hacen de los derechos de autor. Es la vieja discusión sobre los métodos y su mal uso. El ejemplo casi análogo es el de una patente. Se que me meto en camisa de once varas, pero una cosa es el patentado y su impacto social positivo (en la UdelaR también se patenta y eso está bien porque protege el uso social de sus desarrollos) y otra muy distinta el patent trolling que hacen las multinacionales en su propio y monopólico beneficio.
Puede haber un uso razonable entre la necesidad social y el cuidado de la creatividad, quiero pensar eso.
Beso.-
19/07/2013 at 01:08
Tal cual Gabriel. La protesta contra el artículo 218 viene por el lado de promover usos razonables en función de la necesidad social. Nos parece que un aumento en 20 años de la restricción impuesta por el dereco de autor no va en ese sentido, sino en el contrario, aumentando más que nada los beneficios de los titulares de derechos, que en la mayoría de los casos no son autores si no herederos o empresas dueñas de los derechos. Lo razonable, en el contexto sociotécnico actual, debería ser ir bajando los plazos y permitir muchos más usos de las obras. Reconocer, antes que nada, los usos como el intercambio entre personas sin fines de lucro, la compartición y descarga de archivos, la fotocopia, la remezcla parcial de obras para hacer obras totalmente nuevas, etc.
Desde mi punto de vista personal, el conocimiento y la cultura deberían ser libres irrestrictamente, con claúsulas tipo copyleft que protegan el uso social de la apropiación privada. Pero estoy de acuerdo en que no es el momento de imponer mi visión, aunque la puedo aplicar yo misma a mi trabajo de manera voluntaria.
Pero entre la extensión ad eternum y la libertad irrestricta, podemos ir avanzando en marcos razonables que incluyan excepciones amplias y limitaciones firmes al uso y abuso de los derechos monopólicos sobre los bienes intangibles.
Lo de las patentes es distinto y entiendo que al no haber otras alternativas, y ante la práctica del trolling, una entidad como la UdelaR saque patentes. Hasta las organizaciones que defienden el software libre compran patentes para defenderse de los trolls de patentes. Pero fijate también que la patente es mucho más limitada en el tiempo, que no es un «derecho» emanado a partir del momento de la invención, que si no la registrás en cierto período ya la perdés, y que tiene un montón de controles. No se debería poder patentar cualquier cosa, aunque es lo que se hace, llegando a extremos ridículos.
Sigamos pensando y discutiendo estas cosas!
Un abrazo!